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    <titulo>. Estremera. Régimen económico. Saldo contable</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
50Estremera. Régimen económico. Saldo contable
El Pleno del Ayuntamiento de Estremera (Madrid), en la sesión ordinaria, celebrada el día 11 de marzo de 2026, acordó aprobar inicialmente el expediente instruido para la depuración de saldos contables de obligaciones reconocidas pendientes de pago con proveedores, que no han sido reclamadas en el plazo establecido en el artículo 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, o que se encuentran pagadas y no has sido dadas de baja en la contabilidad del Ayuntamiento, así como los derechos reconocidos prescritos que se encuentran relacionados en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento de Estremera.
El expediente municipal se expone al público por plazo de un mes, en la Secretaría de este Ayuntamiento de Estremera, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante este plazo los que ostenten legalmente la condición de interesados, podrán examinarlo y presentas reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento.
Si en el transcurso del periodo de exposición pública no se presentan reclamaciones, el acuerdo, hasta entonces provisional, se considerará definitivo.
En Estremera, a 9 de septiembre de 2026..La alcaldesa-presidenta, María Teresa Ocaña Catalán.
(03/15.152/26)</texto>
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