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AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
53Leganés. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto de la convocatoria de subvenciones para proyectos educativos de participación, compensación e integración desarrollados durante el curso 2026-2027, dirigidas a Asociaciones y Federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito de actuación se desarrolla en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos, aprobada en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, celebrada el 1 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ).
BDNS: 928395
Primero.  Beneficiarios..Podrán solicitar estas ayudas asociaciones y federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito de actuación se desarrolle en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos durante el curso 2026-2027.
Segundo.  Objeto..La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y condiciones que regirán en la convocatoria de ayudas Hipatia destinadas a Proyectos Educativos de participación, compensación e integración desarrollados durante el curso 2026-2027, dirigidas a asociaciones y federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito de actuación se desarrolla en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos.
Tercero.  Bases reguladoras..Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para proyectos educativos de participación, compensación e integración desarrollados durante el curso 2026-2027, dirigidas a Asociaciones y Federaciones educativas de Leganés cuyo ámbito de actuación se desarrolla en centros de enseñanza reglada sostenidos con fondos públicos, aprobadas en Junta de Gobierno Local el 21 de julio de 2026, punto 15 y publicado su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 185, de 5 de agosto de 2026.
Cuarto.  Cuantía..1.  Las ayudas que se concedan al amparo de la presente convocatoria se financiarán con cargo a los fondos propios del Ayuntamiento de Leganés.
2.  Cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 100.000 euros en concepto de subvenciones, el primer 80 por 100 con cargo a los créditos disponibles y retenidos de la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del ejercicio 2026 y el segundo 20 por 100 con cargo a los créditos disponibles y retenidos de la aplicación presupuestaria 07/3260/48901 del presupuesto del ejercicio 2027.
3.  La concesión de ayudas quedará condicionada a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en cada uno de los ejercicios presupuestarios.
4.  El máximo subvencionable de cada proyecto será el 90 por 100 de su valor debiendo asumir la entidad subvencionada el resto. En este sentido, esta convocatoria de subvenciones se entiende como una ayuda para la realización de los proyectos, por lo tanto, no admite subvencionar ningún proyecto al 100 por 100.
5.  Las subvenciones reguladas en esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe de la subvención concedida, en ningún caso, sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del art. 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Quinto.  Plazo de presentación de las solicitudes..El plazo de presentación será de 20 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación será electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leganés ( https://sede.leganes.org ).
Leganés, a 8 de septiembre de 2026..La concejala-delegada de Cultura, Educación e Infancia, María Mercedes Neria Castellano.
(03/14.534/26)</texto>
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