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    <titulo>Crédito presupuestario ayudas
– Orden de 2 de septiembre de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2026 para financiar las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
30ORDEN de 2 de septiembre de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2026 para financiar las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid.
Los incendios forestales acaecidos durante el mes de julio de 2026 en diversos municipios de la Comunidad de Madrid han provocado una situación de extraordinaria gravedad, ocasionando la evacuación de miles de personas, la destrucción o inutilización temporal de viviendas y la alteración severa de las condiciones de vida de numerosas familias residentes en las zonas afectadas obligando incluso a declarar la emergencia de interés nacional mediante la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales.
La magnitud de los daños producidos y la necesidad de proporcionar una respuesta inmediata a las personas damnificadas exigen la adopción de medidas excepcionales dirigidas a garantizar el acceso a una vivienda adecuada y a evitar situaciones de vulnerabilidad residencial sobrevenida.
La protección del derecho de acceso a una vivienda digna y adecuada constituye un objetivo prioritario de la acción pública y adquiere especial relevancia cuando concurren circunstancias extraordinarias derivadas de catástrofes naturales o emergencias de protección civil que afectan de forma directa a la población. En tales supuestos, corresponde a los poderes públicos articular mecanismos ágiles y eficaces que permitan atender las necesidades habitacionales más urgentes de las personas afectadas.
La Comunidad de Madrid, en ejercicio de sus competencias en materia de vivienda, servicios sociales y protección de las personas en situación de vulnerabilidad, considera necesario establecer una línea extraordinaria de ayudas destinadas a sufragar totalmente los gastos derivados del arrendamiento de soluciones habitacionales temporales para las personas afectadas por los incendios de julio de 2026.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se aprueba un gasto de 2.000.000 euros para la concesión de estas ayudas en el ejercicio 2026.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión. En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid por un importe total de 2.000.000 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al proyecto de gasto 2026/000919, “Emergencias incendios Comunidad de Madrid”, Programa 261C “Ayudas y Acceso a la Vivienda” de la Consejería de Vivienda Transporte e Infraestructuras.
Madrid, a 2 de septiembre de 2026..El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), el Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, José María García Gómez.
(03/14.219/26)</texto>
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