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    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
48Navacerrada. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Navacerrada, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de julio de 2026, acordó la aprobación provisional de la siguiente ordenanza fiscal reguladora:
.	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen.
Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Navacerrada, a 31 de julio de 2026..El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.
(03/12.910/26)</texto>
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