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    <fecha_publicacion>2026/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>BECERRIL DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
50Becerril de la Sierra. Régimen económico. Padrones fiscales
Por el presente, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 102 de la Ley General Tributaria 58/2003, y 24 del RD 939/2005 (Reglamento General de Recaudación), a los efectos de notificación colectiva, anuncio de cobranza y sumisión al trámite de información pública durante veinte días, pudiendo los interesados examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante la Alcaldía, cumpliendo la normativa sobre protección de datos, se hace público para el general conocimiento la aprobación por Alcaldía del Padrón fiscal de la Tasa de agua 1er bimestre de 2026 por Resolución 458/2026, siendo el plazo de pago voluntario desde el 22/7/2026 al 24/9/2026 y la fecha de cargo de domiciliados el 7/9/2026. Formas de pago: 
https://becerrildelasierra.sedelectronica.es/transparency/a639ad53-2908-4e88-9230-8a5df622fe5d/ 
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, exigiéndose los intereses de demora, recargos y, en su caso, costas que correspondan (artículos 26, 28, 62 y 161 de la LGT 58/2003).
Recursos: de reposición en un mes y contencioso-administrativo en dos meses (108 LRBRL 7/1985 y 14 RD 2/2004 TRLRHL) a contar desde el siguiente al de la finalización del plazo de información pública. La interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza.
En Becerril de la Sierra, a 14 de julio de 2026..El alcalde, José Luis Martín González.
(01/11.888/26)</texto>
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