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    <titulo>– Colmenarejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
60Colmenarejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo, en sesión celebrada el 28 de mayo de 2026, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos MC 11/2026 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo 36.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.1 y 169.3, por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, queda definitivamente aprobado el expediente de modificación de créditos MC 11/2026 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.
Contra el presente acuerdo, en virtud de los dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 
En Colmenarejo, a 13 de julio de 2026..El primer teniente de alcalde, alcaldesa en funciones, Elisa de Pedraza Fernández del Pino.
(03/11.714/26)</texto>
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