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    <titulo>– Ribatejada. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
77Ribatejada. Régimen económico. Presupuesto general
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público el presupuesto general del Ayuntamiento de Ribatejada para 2026, que fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2026, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición pública, se eleva automáticamente a definitivo el presupuesto general para el ejercicio 2026, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Contra la aprobación definitiva de este presupuesto general y todos sus acuerdos, incluida la plantilla podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ribatejada, a 30 de junio de 2026..El alcalde-presidente, Agustín Peña Sánchez.
(03/10.921/26)</texto>
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