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    <identificador>BOCM-20260707-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/07/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/06/25</fecha_disposicion>
    <titulo>Personal control espectáculos públicos
– Resolución de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad, por la que se hace pública la relación de aspirantes declarados aptos con carácter provisional por haber superado las pruebas acreditativas para ejercer la actividad de control de acceso a espectáculos y actividades recreativas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112
22RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad, por la que se hace pública la relación de aspirantes declarados aptos con carácter provisional por haber superado las pruebas acreditativas para ejercer la actividad de control de acceso a espectáculos y actividades recreativas.
El artículo 11 de la Orden 4747/2025, de 1 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se regula el procedimiento para la obtención y renovación del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establecen las normas de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen y se determinan las características y expedición del distintivo identificativo, y el Dispongo Undécimo de la Resolución de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, establecen que se dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado con carácter provisional las pruebas acreditativas para ejercer la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, disponiendo su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El Tribunal Calificador de las pruebas mencionadas ha propuesto a esta Dirección General el listado provisional de aspirantes declarados aptos en las pruebas.
En su virtud, y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
RESUELVO
Primero
Hacer público el listado provisional con la relación de aspirantes declarados aptos en las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, que se acompaña como Anexo I. Esta relación puede consultarse en la página web www.comunidad.madrid haciendo constar el número de procedimiento.
Segundo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden 4747/2025, de 1 de diciembre, y el Dispongo Duodécimo de la Resolución de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación provisional de aspirantes que han superado las pruebas, estos deberán presentar en el registro electrónico de la consejería competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, presencialmente o por medios telemáticos a través de la página web de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, https://sede.comunidad.madrid los siguientes documentos:
a)	Certificado del Registro Central de Penados de carecer de antecedentes penales o de que se encuentren cancelados.
	Quedarán excluidos todos los aspirantes que tengan antecedentes penales no cancelados en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria.
b)	Declaración jurada o promesa de carecer de antecedentes penales en el extranjero, autorizando a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 para su investigación.
c)	Una fotografía tamaño carné.
Tercero
Las reclamaciones que los interesados puedan interponer contra la actuación del Tribunal Calificador de estas pruebas deberán dirigirlas a la Dirección General de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Contra la anterior Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo establecido en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 44.2.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En Pozuelo de Alarcón, a 25 junio de 2026..El Director General de Seguridad, Luis Miguel González Morato.





































(03/10.842/26)</texto>
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