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    <titulo>– Villa del Prado. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VILLA DEL PRADO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
96Villa del Prado. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3 de junio de 2026, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza de convivencia ciudadana.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo firmo en Villa del Prado, a 2 de julio de 2026..La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
(03/11.184/26)</texto>
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