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    <identificador>BOCM-20260627-1</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/06/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/06/02</fecha_disposicion>
    <titulo>Convenio colectivo
– Resolución de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector Limpieza Publica Viaria Madrid-Capital, suscrito por la organización empresarial Asociación de Empresas de Limpieza Pública (ASELIP) y por la representación sindical Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Federación de Comisiones Obreras del Hábitat de Madrid (Código número 28002595011982)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>151</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
1RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector Limpieza Publica Viaria Madrid-Capital, suscrito por la organización empresarial Asociación de Empresas de Limpieza Pública (ASELIP) y por la representación sindical Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Federación de Comisiones Obreras del Hábitat de Madrid (Código número 28002595011982).
Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza Publica Viaria Madrid-Capital, suscrito por la organización empresarial Asociación de Empresas de Limpieza Pública (ASELIP) y por las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Federación de Comisiones Obreras del Hábitat de Madrid, el día 17 de abril de 2026, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,
RESUELVE
1.  Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2.  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 2 de junio de 2026..La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.



























































































(03/9.301/26)</texto>
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