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    <titulo>– Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección contra ruidos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SOTO DEL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
87Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección contra ruidos
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2026, acordó aprobar provisionalmente la ordenanza municipal de protección contra ruidos de Soto del Real.
Transcurrido el plazo de treinta días, de exposición pública, contados desde el 1 de abril de 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 (ambos incluidos) efectuada mediante anuncios publicado en el Tablón de Edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 76, de 31 de marz de 26, se presenta una alegación que es estimada parcialmente en Pleno de 4 de junio de 2026, aprobando definitivamente la precitada ordenanza que figura en el Anexo.
Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de Madrid, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación, se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:




























Soto del Real, a 18 de junio de 2026..La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.
(03/10.046/26)</texto>
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