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    <identificador>BOCM-20260626-20</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/06/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/06/04</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 2236/2026, de 4 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de investigación para el año 2026, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). (Categoría de contratación: Ayudantes de investigación)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
20EXTRACTO de la Orden 2236/2026, de 4 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de investigación para el año 2026, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). (Categoría de contratación: Ayudantes de investigación).
BDNS 914760
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ).
Primero
Beneficiarios
1.  Podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades que cumplan con la definición de organismos de investigación y difusión de conocimientos establecida en el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2022/C 414/01).
2.  Asimismo, para tener la condición de beneficiarias, las entidades deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal o establecimiento permanente en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud de ayuda a las convocatorias publicadas al amparo de esta orden, y pertenecer a una de las siguientes categorías:
a)	Universidades Públicas y Universidades Privadas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario., que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
b)	Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
c)	Organismos Públicos de Investigación previstos en el Capítulo II de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
d)	Fundaciones para la Investigación Biomédica de los hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid.
e)	Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
f)	Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
Segundo
Objeto
El objeto de esta orden es efectuar la convocatoria correspondiente al año 2026, en régimen de concurrencia competitiva bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, de subvenciones destinadas a la contratación de jóvenes menores de 30 años como ayudantes de investigación en universidades y centros de investigación de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se establecieron las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus.
Cuarto
Cuantía y duración de las ayudas
1.  El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 6.274.800,00 euros. El período subvencionable es de dos años.
La Comunidad de Madrid financiará las cantidades siguientes por año de contrato: Ayudantes de investigación: 37.800,00 euros/año.
2.  Se consideran costes financiables los costes salariales (salario, Seguridad Social de la empresa) generados por la persona contratada durante la duración de la ayuda, así como la indemnización por fin de contrato excepto la derivada de un despido improcedente.
3.  El número de contratos a subvencionar será de 83 ayudas para la realización de contratos de ayudantes de investigación.
Quinto
Criterios de evaluación
Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios, teniendo todos ellos la misma ponderación sobre la puntuación final. Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos como sigue:
a)	Actividades de formación y capacitación propuestas (0-20 puntos).
b)	Calidad de la propuesta de trabajo (0-20 puntos).
c)	Interés del puesto de trabajo propuesto (0-20 puntos).
d)	Medios materiales, económicos y recursos humanos disponibles (0-20 puntos).
e)	Medidas de seguimiento y control (0-20 puntos).
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 4 de junio de 2026.
		La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, 		MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO
(03/10.540/26)</texto>
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