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    <titulo>– Móstoles. Urbanismo. Plan especial</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
URBANISMO
79Móstoles. Urbanismo. Plan especial
Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 24 de marzo de 2026 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo (12/204):
Primero..Admitir a trámite la solicitud y Aprobar Inicialmente el Plan Especial de mejora urbana en la parcela de la antigua carretera de Extremadura (N-V) n.o 79 (Subparcela A). Móstoles. Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo..Abrir el trámite de información pública por plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en la Sección de Planeamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia n.o 12, 6.a planta.
El expediente deberá someterse a información pública por plazo no inferior a un mes y, simultáneamente, requerirse los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios, a tenor de lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57.b) y c), del referido texto legal.
Este artículo exige, además, que la información pública se lleve a cabo en la forma y condiciones que propicien una mayor participación efectiva de los titulares de los derechos afectados y de los ciudadanos en general, por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, su publicación deberá realizarse mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de gran difusión de la misma, al objeto de que durante el citado plazo de un mes puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas. Igualmente, se efectuará publicidad telemática del anuncio de aprobación inicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 bis de la LSCM.
Asimismo en Orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en: “En los tablones de edictos de la Casa Consistorial y de las Juntas de Distrito y, en su caso, de los Organismos Autónomos. En la web municipal”. Y publicidad telemática.
De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos conforme a la LSCM, de 17 de julio y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial, y que deberán ser emitidos en el mismo plazo que la información pública.
Tercero..Declaración de la suspensión de licencias. De acuerdo con lo previsto por el artículo 70.4 de la LSCM, la aprobación inicial del expediente de planeamiento conllevará la suspensión de las licencias para la realización de los actos de uso del suelo, construcción y edificación y ejecución de actividades. No obstante, de conformidad con el artículo 120 del Reglamento de Planeamiento, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento.
Cuarto..Parcela mínima: La parcela mínima será de 800 m2. Se permite la segregación siempre y cuando las parcelas resultantes tengan una superficie igualo superior a la de la parcela mínima. No se comprende el alcance de dicha frase, por lo que se deberá aclarar los posibles efectos a lo que se refiere.
Para el uso abastecimiento de combustibles. Además del Plan General será de aplicación el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de 2021 sobre la modificación del acuerdo 11/130, adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en sesión celebrada el 24 de febrero de 2015 sobre criterios para la autorización del uso abastecimiento de combustible en el municipio de Móstoles.
El documento se permite como uso dotacional administrativo los mataderos. Debe suprimirse dicho uso tanto en su situación como uso compartido o como exclusivo.
Se aportará fichero del plano de la parcela, acotado, en formato digital (dxf o dwg), en coordenadas UTM ETRS-89 HUSO 30 de acuerdo con la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Catastro Inmobiliario, que implica a las Administraciones Locales a “remitir al Registro de la Propiedad los planes urbanísticos generales y de desarrollo, debidamente georreferenciados y metadatados”.
El plano del levantamiento topográfico actual de la parcela en el que se represente también el límite del ámbito del presente Plan Especial se presentará firmado de conformidad con los propietarios colindantes.
Compromisos a asumir por los promotores:
Se deberá ceder al Ayuntamiento de Móstoles la superficie de viario público y zona verde anexa previstos por el Plan General, inscribiendo dicho acto en el registro de la propiedad.
Asumir por los promotores el coste inicial de 265.100,70 euros de ejecución material y su equivalente por contrata más IVA, en concepto de urbanización asignada dentro del futuro proyecto de urbanización del SUS-P5, depositando en la caja del Ayuntamiento de Móstoles o garantizándolo mediante aval bancario del cien por cien.
El documento de aprobación definitiva, deberá presentarse en formato PDF, firmado por técnico y promotor (incluido los propietarios en régimen de gananciales si los hubiera), incluyendo justificación sobre todos los requerimientos que se describan en los informes técnicos vinculantes para su tramitación. Se presentarán dos ejemplares encuadernados paginados correlativamente desde la portada.
Una vez tramitado el Plan Especial deberá tramitarse Proyecto de Parcelación que permita la inscripción en el Registro de la Propiedad, por un lado, del suelo de cesión de viario a favor al Ayuntamiento, y por otro la parcela lucrativa privada resultante en la que conste las cargas de urbanización, que se asumen.
La dotación de plazas de aparcamiento debe ser la establecida por el Plan General. Debe cumplir la ordenanza general de aparcamientos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Móstoles el día 14 de abril de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de junio de 2011).
Quinto..Dar traslado de esta resolución al interesado don Pablo Galán González en representación de Compañía Agrícola de Transformación Valdefuentes, S. L., Intervital 2004, S. L., y Kaula Capital, S. L., a los efectos oportunos”.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y teniendo en cuenta el mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se somete el citado documento a información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad, en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles en la calle Independencia n.o 12, en horario de 9,00 hasta las 14,00 horas. También podrá ser consultado en el siguiente enlace:
https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tablon-anuncios/planes-urbanisticos
Móstoles, a 10 de abril de 2026..El concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Patrimonio y Mantenimiento de la Ciudad, Sergio María Soler Hernández.
(02/8.484/26)</texto>
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