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    <titulo>– El Boalo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO
68El Boalo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de El Boalo, en sesión celebrada el 3 de junio de 2026, acordó resolver las alegaciones presentadas y aprobar definitivamente la modificación presupuestaria número 016/2026, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con remanente líquido de Tesorería.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3, al que remite el artículo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el resumen por capítulos:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del dicho RDL, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Se significa que la interposición de recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad de lo acordado, conforme a lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El Boalo, a 3 de junio de 2026..La alcaldesa, Soledad Ávila Ribada.
(03/9.181/26)</texto>
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