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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Valdemoro. Régimen económico. Calendario fiscal
Para general conocimiento se hace público que, tras la tramitación del correspondiente expediente, han quedado aprobados por acuerdo del Pleno municipal de fecha 29 de mayo de 2026: 
.	Modificación del calendario fiscal para el pago en periodo voluntario de los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón en el ejercicio 2026. 
.	Período de exposición pública de los padrones o matrículas, a efectos de notificación y recurso. 
.	Anuncios de cobranza de cada uno de los tributos. 

EXPOSICIÓN PÚBLICA DE PADRONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, de la ordenanza fiscal de gestión, inspección y recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público del ayuntamiento de Valdemoro, los padrones fiscales estarán expuestos al público por período de 15 días naturales antes de iniciarse los respectivos períodos de cobro, en las oficinas municipales de Gestión Tributaria situadas en la calle Guardia Civil, 25, Local 7, de Valdemoro, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
La información relativa a los datos de los padrones o matrículas solo se facilitará al obligado tributario o su representante, debidamente acreditado. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 
Contra la exposición pública de los padrones y matrículas y las liquidaciones en ellos incorporadas, se podrá interponer ante el concejal-delegado de Hacienda, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública del padrón o matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 
ANUNCIO DE COBRANZA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en el artículo 28 de la ordenanza fiscal de gestión, inspección y recaudación e inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público del ayuntamiento de Valdemoro, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2026 se realizará conforme los siguientes:
Plazos de pago
Los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2026.  
Modalidad de pago
La recaudación de tributos municipales y demás ingresos de derecho público se realizará:
.	Por Internet, a través de la pestaña de Autoservicio de Gestión Tributaria de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemoro ( https://sede.valdemoro.es ).
.	A través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander, Banco Bilbao Vizcaya (BBVA), Banco Sabadell y Caja Mar en la forma establecida por dichas entidades.
.	Mediante llamada telefónica al Centro de Atención al Usuario (CAU), facilitando el número de referencia o CSV del recibo. 
Medios de pago
Los medios de pago para la atención de la deuda serán los que figuren en el documento normalizado facilitado a tal efecto. Con carácter general, se relacionan:
.	Domiciliación bancaria.
.	Dinero de curso legal a través de entidades colaboradoras.
.	Tarjeta bancaria, de crédito y débito, en caso de pago por:
	Internet, en la Sede Electrónica municipal.
	Llamada Telefónica al CAU.
	Cajeros automáticos de las entidades colaboradoras.
.	Sistemas de BIZUM, en caso de pago por:
	Internet, en la Sede Electrónica municipal.
	Llamada Telefónica al CAU.
.	Banca electrónica de las entidades colaboradoras en la recaudación, para clientes de ese servicio de banca, en las condiciones que cada entidad establezca.
Lugares, días y horas de pago
Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que a efectos de cobro (servicio de caja/cajeros automáticos) la entidad tenga establecidos o a través de su banca electrónica, si son clientes.
Los pagos por Internet, a través de la Sede Electrónica, cuya dirección es https://sede.valdemoro.es podrán efectuarse en cualquier día y hora dentro del período establecido. Las incidencias técnicas que puedan surgir en intentos de pago fallidos realizados el último día del período, fuera del horario de atención al público de este Ayuntamiento, no servirán como justificación del impago en plazo.
Los pagos a través de llamada telefónica al Centro de Atención al Usuario (CAU), podrán realizarse de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 21:00 horas, y los sábados, de 10:00 a 14:00 horas. 
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En Valdemoro, a 2 de junio de 2026..El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(01/8.959/26)</texto>
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