<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260513-46</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/05/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/04/08</fecha_disposicion>
    <titulo>Declaración utilidad pública
– Resolución de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre la declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación en el polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, del término municipal de Valdemoro, solicitado por Altaime Investments, S. L. Expediente: 2023P178 - 14-0141-00178.0/2023</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>112</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20260513-46</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-46.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-46.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-46.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-46.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
46RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre la declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación en el polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, del término municipal de Valdemoro, solicitado por Altaime Investments, S. L. Expediente: 2023P178 - 14-0141-00178.0/2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 21/2/2023 y referencia 10/190157.9/23, tiene entrada en esta Dirección General escrito de Altaime Investments, S. L., en el que se solicita la autorización administrativa previa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración en concreto de utilidad pública para la instalación referenciada.
Segundo
Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto previsto en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, al haberse solicitado la declaración de utilidad pública simultáneamente a la autorización administrativa, mediante publicación de la Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica denominada “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación situados en polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, en el término municipal de Valdemoro, solicitada por Altaime Investments, S. L., en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 184, de 4 de agosto de 2025 a la que se adjuntaba la correspondiente relación de bienes y derechos afectados.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados se sometieron a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante exposición al público en el Ayuntamiento de Valdemoro, en fecha 6/8/2025.
Con fecha 4/8/2025 se publica en el diario ABC un extracto de la Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica denominada “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación situados en polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, en el término municipal de Valdemoro, solicitada por Altaime Investments, S. L. con el que no se considera cumplido el trámite de información pública de la declaración en concreto de utilidad pública.
Para subsanar la publicación de la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública en uno de los diarios de mayor circulación, se emite la Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de la planta fotovoltaica denominada “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación, situadas en el término municipal de Valdemoro, solicitada por Altaime Investments, S. L. que es publicada en el diario ABC de fecha 4/12/2025.
Como resultado de la fase de información pública, con fecha 4/8/2025 y referencia 10/656064.9/25, se reciben alegaciones de D. Eduardo Andrés Andrino, en nombre y representación de Rimansan S.A, las cuales se trasladaron al promotor, que dio respuesta a cada una de ellas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 70/2010.
Tras la publicación en el diario ABC de fecha 4/12/2025 no se han recibido alegaciones.
Tercero
De acuerdo con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Sepiol, S. A., Clariant Ibérica Producción, S. A., Ayuntamiento de Ciempozuelos, Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S. M. E., S. A., Demarcación de Carreteras del Estado, UFD Distribución Electricidad, S. A., Ayuntamiento de Valdemoro, Canal de Isabel II, S. A. M. P., Nedgia, S. A., I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A., Ministerio de Defensa, Dirección General de Carreteras y Telefónica, S. A.
Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación de Sepiol, S. A., Clariant Ibérica Producción, S. A., Ayuntamiento de Ciempozuelos, Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S. M. E., S. A., Ayuntamiento de Valdemoro, Canal de Isabel II, S. A. M.P., e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S. A.
En fecha 8/8/2025 y referencia 6/314398.9/25, se recibe de la Dirección General de Carreteras informe con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 25/8/2025 y referencia 10/698248.9/25.
En fecha 28/8/2025 y referencia 10/707178.9/25, se recibe de Nedgia Madrid, S. A. informe con condicionados, los cuales son aceptados por el titular, en fecha 9/9/2025 y referencia 10/739265.9/25, aportando separata que justifica el cumplimiento. Se remite dicha separata a Nedgia Madrid, S. A., que emite, en fecha 8/10/2025 y referencia 10/836443.9/25, nuevo informe con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 20/10/2025 y referencia 10/876810.9/25.
En fecha 3/9/2025 y referencia 10/724081.9/25, se recibe del Ministerio de Defensa informe favorable, el cual es aceptado por el titular en fecha 9/9/2025 y referencia 10/739257.9/25.
En fecha 12/9/2025 y referencia 10/758924.9/25, se recibe de la Demarcación de Carreteras del Estado informe favorable condicionado, los cuales son aceptados por el titular en fecha 22/9/2025 y referencia 10/780400.9/25.
En fecha 19/9/2025 y referencia 10/773743.9/25, se recibe de UFD Distribución Electricidad, S. A. informe con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 1/10/2025 y referencia 10/810934.9/25.
En fecha 10/12/2025 y referencia 30/126114.9/25, se recibe de Telefónica, S. A. informe con condicionados, los cuales son aceptados por el titular en fecha 2/1/2026 y referencia 10/000540.9/26.
Cuarto
Con fecha 8/10/2025 y referencia 14/035669.9/25 se emite Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación en el polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, del término municipal de Valdemoro, solicitado por Altaime Investments, S. L., publicada el 29 de octubre de 2025 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 258.
Quinto
En la tramitación de este Expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios y valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid en materia de industria, energía y minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trasporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión; el Decreto 86/2025, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, para la simplificación de los procedimientos de autorización, comunicación, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica en alta tensión en la Comunidad de Madrid; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado mediante Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; el Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica; el Real Decreto-Ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía; el Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico y el Real Decreto-Ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Segundo
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
Tercero
Las alegaciones presentadas en relación con la información pública de la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública han sido tenidas en cuenta en la presente resolución.
Cabe destacar que, las alegaciones presentadas por Rimansan, S. A. hacen referencia al contenido del Plan Especial de Infraestructuras y al Documento Ambiental Estratégico que no son objeto de la presente resolución y se tramitan en un procedimiento independiente al de autorización administrativa.
A la vista de las alegaciones presentadas por Rimansan, S. A., Altaime Investments, S. L. manifiesta que las mismas versan sobre la documentación del Plan Especial de Infraestructuras y no sobre el proyecto de ejecución que se acompaña a la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública; y añade que “las consideraciones relativas al PEI deberán analizarse y valorarse en el marco del Expediente específico de dicho instrumento urbanístico, resultando ajenas al presente procedimiento”.
Altaime Investments, S. L. manifiesta que se solicitará a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid la autorización expresa para cualquier cruce o paralelismo, garantizando así que se cumplen todos los requisitos legales y técnicos aplicables a las infraestructuras existentes. Asimismo, Altaime Investments, S. L. reitera su plena disposición a mantener conversaciones con Rimansan, S. A. a fin de alcanzar la solución que resulte más adecuada para ambas partes.
Cabe señalar que, la efectividad de la presente resolución se supedita, según se indica en el apartado Tercero del Resuelve, a la aprobación del correspondiente Plan Especial de Infraestructuras.
Cuarto
Del examen de la documentación que obra en el Expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la planta fotovoltaica “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación autorizadas en la Resolución de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica “PF Viña Flores” y su infraestructura de evacuación en el polígono 18, parcelas 30, 31, 36 y 155, del término municipal de Valdemoro, solicitado por Altaime Investments, S. L. de fecha 8/10/2025.
Segundo
La declaración de la utilidad pública citada lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados relacionados en el anexo que se adjunta a la presente resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Sector Eléctrico.
Igualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Tercero
La efectividad de la presente resolución queda supeditada a la aprobación definitiva del correspondiente Plan Especial de Infraestructuras.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 8 de abril de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/6.736/26)</texto>
</documento>