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    <titulo>– Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Patronato Municipal de Deportes
91Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto de resolución 104, de 15 de abril de 2026, de la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes relativa a la aprobación de la convocatoria para la concesión de premios por clasificación en el XXVI Trofeo de Atletismo Ciudad de Fuenlabrada.
BDNS: 899310
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).
Primero.  Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de los premios a los participantes mejor clasificados en el XXVI Trofeo de Atletismo Ciudad de Fuenlabrada que organiza el Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada.
Segundo.  Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de los premios los deportistas atletas, debidamente inscritos en dicha prueba según el Reglamento del XXVI Trofeo de atletismo Ciudad de Fuenlabrada de la Federación de Atletismo de Madrid, que se hayan clasificado realizando la mínima de la prueba correspondiente establecida en el punto cuarto de esta convocatoria. La clasificación será resultante del acta de la prueba que emite la Federación de Atletismo de Madrid.
En caso de no estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, se les excluirá de la lista de admitidos pudiendo subsanar dicha situación exclusivamente antes de la finalización del período de alegaciones.
Tercero.  Bases reguladoras
La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto.  Plazo de presentación para formalización de las solicitudes de los premios económicos
Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 hasta el 12 de junio de 2026 a las 12:00 h., debidamente cumplimentadas por el/la interesado/a o su representante y acompañadas de la documentación exigida en el artículo octavo de la convocatoria, por cualquiera de los siguientes medios:
.	Presencialmente, en el registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros. 
.	Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada ( https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ ).
.	En el resto de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Se podrá acceder al modelo de solicitud a través del siguiente enlace:
.	https://www.deportesfuenla.com/solicitud-trofeo-atletismo-ciudad-fuenlabrada/ 
Quinto.  Importe
El crédito aprobado asciende a 3.240 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4069/341/48000 y se repartirá según clasificación y categoría siguiente:




Sexto.  Pago
El abono de los premios deportivos se materializará mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la documentación.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.
La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.
En Fuenlabrada, a 16 de abril de 2026..El Vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Juan Agustín Domínguez San Andrés.
(03/5.947/26)</texto>
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