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    <titulo>– Gascones. Organización y funcionamiento. Ordenanza caminos rurales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GASCONES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
67Gascones. Organización y funcionamiento. Ordenanza caminos rurales
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2026, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de caminos rurales municipales de Gascones.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales (Pza de la Constitución, 1) para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( https://gascones.sedelectronica.es/info.0 ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Gascones, a 9 de abril de 2026..El alcalde, Jesús Manuel Romero Martín.
(03/5.565/26)</texto>
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