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    <titulo>– Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SOTO DEL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
68Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza
Aprobándose provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 29 de enero de 2026:
.	Ordenanza de convivencia y civismo.
Conforme a lo previsto en los arts. 55 y 56 del R. D. L. 781/1986, de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría Municipal en horas de oficina.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en la Secretaría para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento:
https://aytosotodelreal.sedelectronica.es/preview-document/87371f08-c749-4396-8ee9-11b1bc1293fa/ 
En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
En Soto del Real, a 19 de febrero de 2026..La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.
(03/2.707/26)</texto>
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