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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
59Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2026, acordó aprobar inicialmente la modificación presupuestaria, mediante la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario financiado con Remanente de Tesorería para gastos generales.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 169.1 y 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y los artículos 20.1 y 38.2 del RD 500/1990 de 20 de abril, se expone al público.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el art. 170.1 del RD 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán presentar reclamaciones en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El expediente se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones.
En resumen, la modificación de créditos es la siguiente:

Morata de Tajuña, a 27 de febrero de 2026..La alcaldesa-presidenta, Gloria de la Torre Martínez.
(03/3.154/26)</texto>
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