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AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
73Alpedrete. Régimen económico. Calendario fiscal
Mediante Decreto de la Alcaldía número 14/2026, de 14 de enero de 2026, y al objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes de este municipio, se ha aprobado el siguiente calendario fiscal para el ejercicio 2026:

Los recibos deberán abonarse en cualquier oficina de Caixabank, BBVA y Banco de Santander. A tal efecto, se presentará el documento correspondiente para el pago y se mantendrá en poder del contribuyente el “Ejemplar para el interesado” debidamente diligenciado por la Entidad Colaboradora, que tendrá pleno poder liberatorio. Se exceptúan del pago aquellos recibos, incluidos en el Sistema Especial de Pagos, que tendrán carácter meramente informativo.
También podrán pagarse los recibos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alpedrete, accediendo por la página web, “pago de recibos on line”, mediante cargo en su tarjeta de crédito o débito.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago o lo hayan perdido, deberán solicitar un nuevo ejemplar en la Recaudación Municipal, sita en la calle La Pozuela, número 7 (junto a la Policía Local), en el teléfono número 918 572 190 (Ext. 3400 o 3403), en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes o en el correo electrónico: recaudacion@alpedrete.es
Se sugiere la conveniencia de domiciliar en su Banco o Caja el pago del tributo para los recibos próximos y sucesivos.
Advertencia: transcurridos los plazos de ingreso sin que se haya hecho efectivo el pago de la deuda se exigirá la misma mediante procedimiento de apremio.
Periodo ejecutivo: se inicia al día siguiente del fin del período voluntario de pago y determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria (5 %, 10 % o 20 %) y, en su caso, de las costas del procedimiento.
En todo caso, estas fechas estarán en concordancia con la aprobación de padrones, de tal forma que, en su caso, se estará a la aprobación definitiva de los padrones fiscales que podrá marcar un plazo mayor o diferente atendiendo a las circunstancias siempre en beneficio del contribuyente.
En Alpedrete, a 16 de enero de 2026..El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(01/897/26)</texto>
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