<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260122-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2026/01/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/12/19</fecha_disposicion>
    <titulo>Formalización contrato
– Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la novación modificativa del contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda, de 3 de diciembre de 2020, relativo al inmueble ubicado en la Av. del General Perón, número 38, de Madrid, adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>18</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20260122-22</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/22/BOCM-20260122-22.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/22/BOCM-20260122-22.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/22/BOCM-20260122-22.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/22/BOCM-20260122-22.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
22RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la novación modificativa del contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda, de 3 de diciembre de 2020, relativo al inmueble ubicado en la Av. del General Perón, número 38, de Madrid, adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
1.  Entidad adjudicadora:
a)	Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b)	Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.
c)	Número de expediente: A-NPR/4111/2025.
d)	Dirección de Internet del “perfil del contratante”. Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( https://contratos-publicos.comunidad.madrid ).
2.  Objeto del contrato: 
a)	Tipo: Patrimonial 
b)	Descripción: Novación del contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda de las plantas segunda y tercera del edificio Master’s II sito en la avenida del General Perón, n.o 38, de Madrid.
3.  Tipo de Procedimiento:
a)	Adjudicación directa al amparo del artículo 42 apartado e) en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
4.  Formalización del contrato:
a)	Fecha de adjudicación: Orden de 2 de diciembre de 2025.
b)	Fecha de formalización del contrato: 12 de diciembre de 2025.
c)	Adjudicatario: Consorcio de Compensación de Seguros con NIF: Q2826011E. 
d)	Importe de adjudicación: Importe neto: 7.313.056,07 euros. Importe IVA 21 %: 1.535.741,77 euros. Importe total: 8.848.797,84 euros.
5.  Condiciones del contrato de arrendamiento:
a)	Entrada en vigor: El contrato entra en vigor el día 1 de enero de 2026.
b)	Duración del arrendamiento: El arrendamiento tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2031.
c)	Importe mensual: La contraprestación se fija en: 101.570,22 euros IVA excluido.
d)	Gastos y tributos: La parte arrendadora gestionará y asumirá directamente los servicios y gastos generales del inmueble, cuyo coste está incluido en la renta mensual, sin posibilidad de repercutir importes adicionales. Quedan excluidos de esta repercusión los gastos por obras de mejora, embellecimiento o servicios no disfrutados por la arrendataria. Por su parte, la arrendataria abonará directamente a sus proveedores los gastos privativos como suministros, limpieza o seguridad, pudiendo la arrendadora repercutirle aquellos que haya asumido excepcionalmente. Los tributos que graven la propiedad del inmueble, como el IBI y la tasa de vado, serán responsabilidad de la arrendadora, mientras que los que graven el uso del inmueble, como la tasa de residuos urbanos, corresponderán a la arrendataria.
e)	Resto de condiciones: Serán las previstas en el contrato de arrendamiento.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2025..La Directora General de Patrimonio y  Contratación, Beatriz Martín de la Peña.
(03/479/26)</texto>
</documento>