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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GASCONES
RÉGIMEN ECONÓMICO
34Gascones. Régimen económico. Presupuesto general
No habiéndose presentado alegaciones al Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2026, durante el período de información pública, según anuncio publicado el 3 de diciembre en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 288, el acuerdo de aprobación inicial queda elevado a definitivo y se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Gascones, a 29 de diciembre de 2025..El alcalde, Jesús Manuel Romero Martín.
(03/98/26)</texto>
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