<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20251104-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/11/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>263</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20251104-92</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/11/04/BOCM-20251104-92.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/11/04/BOCM-20251104-92.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/11/04/BOCM-20251104-92.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/11/04/BOCM-20251104-92.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN LORENZO DE EL ESCORIAL</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
92San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 2025, ha sido adoptado acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora para la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, así como la del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
De conformidad con el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el expediente se expone al público durante treinta días en el Área de Servicios Económicos, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si durante el citado plazo, no se formulase ninguna reclamación, se elevará automáticamente a definitivo el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza indicada.
En San Lorenzo de El Escorial, a 30 de julio de 2025..El concejal-delegado de Planificación Económico-Financiera, Juan José Blasco Yunquera.
(03/17.983/25)</texto>
</documento>