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    <fecha_publicacion>2025/10/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>259</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Régimen económico. Presupuesto general
En la Intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, junto con su plantilla de personal, todo ello para el ejercicio 2025, aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de octubre de 2025.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 de la Ley 2/2004 citada a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de Presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
c)	Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Mejorada del Campo, a 28 de octubre de 2025..La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/17.625/25)</texto>
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