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    <titulo>– Galapagar. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
69Galapagar. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno
El Pleno del Ayuntamiento de Galapagar, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2025, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de Control Interno del Ayuntamiento de Galapagar, disponiendo la apertura del período de información pública.
Al haber transcurrido el período de información pública de 30 días, abierto con la publicación de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 139, de 12 de junio de 2025, sin que se hayan presentado reclamaciones y sugerencias, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se tiene por aprobado definitivamente el Reglamento de Control Interno del Ayuntamiento de Galapagar.
En ejecución del acuerdo plenario se dispone la publicación del texto íntegro del Reglamento para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Contra el presente acuerdo podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.











































































































































































































































Galapagar, a 30 de septiembre de 2025..La alcaldesa-presidenta, Carla I. Greciano Barrado.
(03/16.096/25)</texto>
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