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    <titulo>– San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Reglamento abastecimiento agua</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
78San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Reglamento abastecimiento agua
En la sesión ordinaria celebrada el 25 de septiembre de 2025, el Pleno de la Corporación aprobó inicialmente la modificación del Reglamento del Servicio de Abastecimiento de Agua.
En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se abre un plazo de información pública de treinta días hábiles. El plazo comienza a contar desde el día siguiente a aquel en el que se publique este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante el plazo mencionado se podrán presentar reclamaciones y sugerencias a la modificación aprobada.
El texto de la modificación aprobada inicialmente está disponible en la página web del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia.
Si durante el plazo de información pública no se reciben alegaciones o sugerencias, se entenderá aprobada definitivamente la modificación en los términos aprobados por el Pleno.
La aprobación inicial de la modificación del Reglamento del Servicio de Abastecimiento de Agua es un acto de trámite contra el que no cabe interponer recurso (artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre), aunque se podrá manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
En el Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial, a 30 de septiembre de 2025..La alcaldesa-presidenta, Carlota López Esteban.
(03/15.870/25)</texto>
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