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    <fecha_publicacion>2025/10/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Registro transferencias aprovechamiento urbanístico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ARROYOMOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
50Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Registro transferencias aprovechamiento urbanístico
En fecha 30 de septiembre de 2025, mediante decreto número 3000/2025, del Sr. concejal-delegado de Urbanismo, Régimen Interior, Contratación, Atención al Ciudadano y Presidencia del Ayuntamiento de Arroyomolinos, se rectifica error material detectado en el decreto número 1213/2025, de 8 de abril de 2025, por el que aprueban los criterios de organización y funcionamiento electrónico del Registro de Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico del Ayuntamiento de Arroyomolinos, consistente en la denominación del Ayuntamiento en el apartado 1.1. de los criterios, publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 29 de abril de 2025.
Por todo ello mediante el decreto número 3000/2025, de 30 de septiembre de 2025, se dispone:
Primero..Rectificar el error detectado en el decreto número 1213/2025, del Sr. concejal-delegado de Urbanismo, Régimen Interior, Contratación, Atención al Ciudadano y Presidencia, de fecha 8 de abril de 2025, consistente en la denominación errónea del Ayuntamiento, de tal modo que:
Donde dice:
“1.1.  El Registro Municipal de Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico es un registro administrativo del Ayuntamiento de Arroyomolinos (en adelante, el Registro), que tiene por finalidad cumplir con las previsiones del artículo 85 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en el que quedarán anotadas las transferencias autorizadas por el Ayuntamiento de Madrid en suelo urbano consolidado, con las consecuencias previstas en dicho precepto”.
Debe decir:
“1.1.  El Registro Municipal de Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico es un registro administrativo del Ayuntamiento de Arroyomolinos (en adelante, el Registro), que tiene por finalidad cumplir con las previsiones del artículo 85 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en el que quedarán anotadas las transferencias autorizadas por el Ayuntamiento de Arroyomolinos en suelo urbano consolidado, con las consecuencias previstas en dicho precepto”.
Lo que se publica para conocimiento y subsanación del error material publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 29 de abril de 2025.
Arroyomolinos, a 1 de octubre de 2025..El concejal-delegado, de Urbanismo, Régimen Interior, Contratación, Atención al Ciudadano y Presidencia, José María Casado Álvaro.
(03/15.878/25)</texto>
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