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    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Bases concesión subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
48Móstoles. Régimen económico. Bases concesión subvenciones
Extracto del acuerdo 47/713, de la Junta de Gobierno Local, de 8 de agosto de 2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación en concepto de “Ayudas a las familias monoparentales”, del municipio de Móstoles, ejercicio 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases de esta convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es  y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-subvenciones  
Primero.  Objeto..El Ayuntamiento de Móstoles tiene como objetivo prioritario el apoyo a las familias del municipio y con este fin se inicia esta convocatoria de ayudas económicas promovidas por el Área de Familia, de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación y concedidas por el Ayuntamiento de Móstoles. 
Segundo.  Beneficiarios..Familias monoparentales empadronadas y residentes en Móstoles que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, tengan un hijo menor de tres años durante el periodo subvencionable (del 1 de julio de 2024 a 30 de junio de 2025, ambos incluidos).
Tercero.  Régimen aplicable..La concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Cuarto.  Crédito presupuestario..La cuantía total de la ayuda económica a familias monoparentales asciende a 65.000 euros, consignados en la aplicación presupuestaria 52-2318-48943, del Presupuesto de Gastos del Área de Familia.
Quinto.  Plazo de presentación..La solicitud de subvención (Anexo I) se presentarán dentro de los veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto.  Publicidad..Se publicará el texto íntegro de estas Bases Reguladoras y demás documentación anexa en el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es  y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-subvenciones  
En Móstoles, a 11 de agosto de 2025..La concejal-delegada de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación, Marta Bastarreche Hernández.
(03/13.193/25)</texto>
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