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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2025, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos del presupuesto para 2025 número 8, por concesión de crédito extraordinario y suplemento de crédito.
El expediente ha estado expuestos al público por un período de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio provisional en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 182 de fecha 1 de agosto de 2024. En el mencionado período no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ha quedado automáticamente elevado a definitivo.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 177.2 del citado texto legal, se procede a la publicación del resumen por capítulos del acuerdo:

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Villaviciosa de Odón, a 30 de julio de 2025..El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.
(03/12.629/25)</texto>
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