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    <titulo>– Ajalvir. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO
39Ajalvir. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de julio de 2025, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario financiado con cargo a mayores ingresos.
Aprobado inicialmente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo a mayores ingresos, por acuerdo del Pleno de fecha 3 de julio de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Ajalvir, a 11 de julio de 2025..El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.
(03/11.522/25)</texto>
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