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    <titulo>– Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza medio ambiente</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
59Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza medio ambiente
El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el 29 de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal de medio ambiente, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las alegaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Colmenar Viejo, a 26 de junio de 2025..El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.
(03/11.031/25)</texto>
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