<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250623-48</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/06/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Batres. Ofertas de empleo. Oferta empleo público</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>148</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250623-48</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/06/23/BOCM-20250623-48.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/06/23/BOCM-20250623-48.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/06/23/BOCM-20250623-48.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/06/23/BOCM-20250623-48.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>BATRES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BATRES
OFERTAS DE EMPLEO
48Batres. Ofertas de empleo. Oferta empleo público
La Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Batres, mediante Decreto número 2025-0574, de 11 de junio de 2025, ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2025, la cual, de conformidad con lo previsto en los artículos 70.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 20.tres.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y en el propio Decreto, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento ( https://batres.sedelectronica.es ).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime conveniente conforme a los intereses del recurrente.
Batres, a 11 de junio de 2025..El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/9.496/25)</texto>
</documento>