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    <fecha_publicacion>2025/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navacerrada. Organización y funcionamiento. Ordenanza punto limpio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
51Navacerrada. Organización y funcionamiento. Ordenanza punto limpio
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora del uso del punto limpio municipal, por acuerdo del Pleno de fecha 28 de mayo de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección: http://aytonavacerrada.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Navacerrada, a 9 de junio de 2025..El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos Los Santos Jorge Herrero.
(03/9.293/25)</texto>
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