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    <titulo>– Villanueva de la Cañada. Urbanismo. Estatutos entidad urbanística</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>VILLANUEVA DE LA CAÑADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA
URBANISMO
89Villanueva de la Cañada. Urbanismo. Estatutos entidad urbanística
Por resolución de la Alcaldía-Presidencia, de 5 de mayo de 2025, se adoptó el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva resuelve:
1.  Aprobar definitivamente la modificación de los estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación “Comunidad de Propietarios Villafranca del Castillo”, quedando la redacción de los mismos conforme a la publicación efectuada en el anuncio de aprobación inicial, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo de 2025.
2.  Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3.  Notificar la presente resolución a la Entidad Urbanística de Conservación “Comunidad de Propietarios Villafranca del Castillo”, haciéndole saber que pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
4.  Dar traslado de la presente Resolución, así como de la redacción de los artículos modificados, a los efectos de su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas colaboradoras.
Villanueva de la Cañada, a 5 de mayo de 2025..El alcalde (firmado).
(02/6.937/25)</texto>
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