<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250526-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/05/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Perales de Tajuña. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250526-71</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/05/26/BOCM-20250526-71.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/05/26/BOCM-20250526-71.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/05/26/BOCM-20250526-71.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/05/26/BOCM-20250526-71.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PERALES DE TAJUÑA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
71Perales de Tajuña. Régimen económico. Presupuesto general
Aprobado definitivamente el Presupuesto General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio económico 2025, así como sus bases de ejecución y la plantilla de personal comprensiva de todos los puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 18 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Perales de Tajuña, a 13 de mayo de 2025..El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(03/7.548/25)</texto>
</documento>