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    <titulo>– Navalcarnero. Régimen económico. Ordenanza intervención actuaciones urbanísticas</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO
RÉGIMEN ECONÓMICO
54Navalcarnero. Régimen económico. Ordenanza intervención actuaciones urbanísticas
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2025, se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de la intervención y control de las actuaciones urbanísticas del Ayuntamiento de Navalcarnero.
De conformidad con lo previsto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dicho acuerdo provisional y su respectivo expediente se someten a información pública por un plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la publicación de anuncio al efecto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que durante dicho plazo los interesados puedan examinar el citado expediente y presentar las reclamaciones y/o sugerencias que se estimen oportunas. En el supuesto de no presentarse éstas, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional de referencia y la respectiva modificación de la ordenanza anteriormente indicada.
Durante dicho plazo podrá ser examinado el citado expediente por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Navalcarnero, a 30 de abril de 2025..El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.
(03/6.911/25)</texto>
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