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AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
RÉGIMEN ECONÓMICO
54Galapagar. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno municipal, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de abril de 2025, adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Galapagar.
De conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de treinta (30) días hábiles en el tablón de la sede electrónica de este Ayuntamiento ( https://sede.galapagar.es ), para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.
De no presentarse reclamaciones dentro del plazo establecido, se entenderá aprobada definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo.
En Galapagar, a 29 de abril de 2025..La alcaldesa-presidente, por delegación (decreto Alcaldía 194/2025, 15 de enero), el quinto teniente de alcalde, delegado del Área de Hacienda, Román Robles Valdés.
(03/6.808/25)</texto>
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