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    <identificador>BOCM-20250507-10</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/05/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/03/31</fecha_disposicion>
    <titulo>Resolución proceso selectivo
– Corrección de errores de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicacion de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D), de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>108</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
10CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicacion de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D), de la Comunidad de Madrid.
Advertido error material en la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D) de la Comunidad de Madrid, convocado por Orden 503/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre), de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el artículo 15.g) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 28, de 7 de septiembre),
RESUELVE
Primero
Proceder a las correcciones que se detallan a continuación, permaneciendo inalterable el resto del contenido de la citada Resolución de 31 de marzo de 2025.
En el “Resuelve Tercero”: 
Donde dice:
1.  De conformidad con lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6.o y 9.o, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base décima de la Orden 503/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre), las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B) de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto en las citadas bases o no cumplir los requisitos establecidos en las mismas:

Debe decir:
1.  De conformidad con lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6.o y 9.o, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base décima de la Orden 503/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 270, de 12 de noviembre), las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D) de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto en las citadas bases o no cumplir los requisitos establecidos en las mismas:

En el “Anexo” de la citada resolución:

En Madrid, a 21 de abril de 2025..La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.
(03/6.557/25)</texto>
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