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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2025/04/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Bustarviejo. Contratación. Enajenación parcela</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>BUSTARVIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO
CONTRATACIÓN
44Bustarviejo. Contratación. Enajenación parcela
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.o 200/2025, de 25 de marzo, el expediente de enajenación del siguiente bien calificado como parcela sobrante:
.	Referencia catastral: 1336122VL4213N0001BY.
.	Localización: Paseo de la Bardera, n.o 24.
.	Clase: Suelo Urbano.
.	Superficie: 233,56 m2.
.	Coeficiente: 0,65%.
.	Uso: Residencial Categoría 1.
La enajenación descrita está sujeta a la segregación previa de la referida parcela sobrante en los términos recogidos en el Decreto de la Alcaldía, n.o 975/2024, de 29 de noviembre, y condicionada, asimismo, a la agregación simultánea de las dos parcelas resultantes, de 116,78 m2 cada una, a las dos fincas colindantes: Paseo de La Bardera, n.o 22B y Paseo de La Bardera, n.o 26 (referencias catastrales: 1336123VL4213N0001YY y 1336121VL4213N0001AY, respectivamente).
Se publica la referida resolución para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información pública y Buen gobierno.
Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Bustarviejo, a 14 de abril de 2025..El alcalde, Luis Perera Tanausu.
(01/6.148/25)</texto>
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