<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250411-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/04/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Los Santos de la Humosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>86</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250411-74</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/11/BOCM-20250411-74.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/11/BOCM-20250411-74.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/11/BOCM-20250411-74.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/11/BOCM-20250411-74.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOS SANTOS DE LA HUMOSA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE LA HUMOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
74Los Santos de la Humosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada inicialmente la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida, transporte y tratamiento de residuos, de este Ayuntamiento, por acuerdo del Pleno de fecha 1 de abril de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( dirección https://lossantosdelahumosa.eu ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Los Santos de la Humosa, a 1 de abril de 2025..La alcaldesa-presidenta, Carolina Urtasun Calleja.
(03/5.354/25)</texto>
</documento>