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    <identificador>BOCM-20250411-18</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/04/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/03/30</fecha_disposicion>
    <titulo>Plan estratégico subvenciones
– Orden 1010/2025, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se procede a la corrección de errores de la Orden 572/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>86</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
18ORDEN 1010/2025, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se procede a la corrección de errores de la Orden 572/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.
Mediante Orden 572/2025, de 27 de febrero, se aprobó el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.
En la línea de subvención III.7 Ayudas a ayuntamientos para la realización del Programa de “Colegios Abiertos”, actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos en días no lectivos, tanto en el título, como en su apartado A) Objetivo. Objetivo general: concesión de ayudas para la realización del Programa de “Colegios Abiertos”, actividades extraescolares en Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP), en Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CEIPSO) y en los Colegios Rurales Agrupados (C. R. A) de la Comunidad de Madrid, así como la apertura de los mismos en los días no lectivos desde el 1 de septiembre hasta la finalización de las actividades lectivas de cada curso escolar, figura erróneamente “Colegios Abiertos”, en lugar de “Patios Abiertos”.
En su virtud, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
DISPONGO
Primero
Rectificar el título de la línea de subvención III.7 de la Orden 572/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028:
.	Donde dice:
	«III.7. Ayudas a ayuntamientos para la realización del Programa de “Colegios Abiertos”, actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos en días no lectivos».
.	Debe decir:
	«III.7. Ayudas a ayuntamientos para la realización del Programa de “Patios Abiertos”, actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos en días no lectivos».
Segundo
Rectificar el apartado A) Objetivo. Objetivo general, de la línea de subvención III.7 de la Orden 572/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el ámbito de las becas y ayudas al estudio en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028:
.	Donde dice:
	«A) Objetivo.
	Objetivo general: concesión de ayudas para la realización del Programa de “Colegios Abiertos”, actividades extraescolares en Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP), en Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CEIPSO) y en los Colegios Rurales Agrupados (C. R. A.) de la Comunidad de Madrid, así como la apertura de los mismos en los días no lectivos desde el 1 de septiembre hasta la finalización de las actividades lectivas de cada curso escolar».
.	Debe decir:
	«A) Objetivo.
	Objetivo general: concesión de ayudas para la realización del Programa de “Patios Abiertos”, actividades extraescolares en Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP), en Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CEIPSO) y en los Colegios Rurales Agrupados (C. R. A.) de la Comunidad de Madrid, así como la apertura de los mismos en los días no lectivos desde el 1 de septiembre hasta la finalización de las actividades lectivas de cada curso escolar».
Tercero
Efectos
Esta orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Cuarto
Publicidad
Esta orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 30 de marzo de 2025.
		El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, 		EMILIO VICIANA DURO
(03/5.332/25)</texto>
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