<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250408-93</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/04/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mejorada del Campo. Otros anuncios. Ordenanza canon suelo urbanizable</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250408-93</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-93.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-93.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-93.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-93.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
OTROS ANUNCIOS
93Mejorada del Campo. Otros anuncios. Ordenanza canon suelo urbanizable
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025, acordó aprobar el establecimiento del canon por la realización de actos legitimados por proyectos de actuación especial en suelo urbanizable no sectorizado (artículo 149.2.d) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid) y aprobar inicialmente la ordenanza reguladora del mismo.
Acordó, asimismo, someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias por los interesados, en su caso, estando el expediente a disposición en la Secretaría General del Ayuntamiento. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la vigente de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El citado acuerdo de aprobación inicial se considerará elevado automáticamente a definitivo en el caso de que no se produzcan reclamaciones contra las mismas durante el plazo de su exposición pública.
Mejorada del Campo, a 28 de marzo de 2025..El alcalde, Jorge Capa Carralero.
(03/5.115/25)</texto>
</documento>