<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250408-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/04/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250408-79</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-79.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-79.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-79.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/08/BOCM-20250408-79.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>CAMARMA DE ESTERUELAS</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Camarma de Esteruelas. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de créditos 10/2025, en su modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con remanente líquido de Tesorería del Ayuntamiento de Camarma de Esteruelas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://camarmadeesteruelas.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Camarma de Esteruelas, a 28 de marzo de 2025..La alcaldesa-presidenta, Ana Victoria Cruz Martín.
(03/5.092/25)</texto>
</documento>