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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES PANTUEÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES PANTUEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
88Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial aprobatorio de la ordenanza fiscal reguladora de las prestaciones económicas (ayudas de emergencia) de la Mancomunidad Pantueña, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


































El texto completo de la ordenanza reguladora y los anexos están disponibles en el Portal de Transparencia de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña.
En Torres de la Alameda, a 21 de febrero de 2025..El presidente, José Antonio Blanco Heras.
(03/2.945/25)</texto>
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