<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250221-78</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/02/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villamanta. Organización y funcionamiento. Ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>44</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20250221-78</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/02/21/BOCM-20250221-78.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/02/21/BOCM-20250221-78.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/02/21/BOCM-20250221-78.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/02/21/BOCM-20250221-78.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>VILLAMANTA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
78Villamanta. Organización y funcionamiento. Ordenanza
El Pleno del Ayuntamiento de Villamanta, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de enero de 2025, acordó la modificación provisional de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de perros y otros animales domésticos o de compañía.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Villamanta, a 5 de febrero de 2025..El alcalde, Mariano Núñez Muñoz.
(03/2.260/25)</texto>
</documento>