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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
79Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2024, fue aprobada provisional o inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del establecimiento de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en la modalidad de auxiliar de hogar (SAD) y Teleasistencia (TAD) de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, durante el plazo de exposición al público por treinta días de la citada ordenanza, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2024, plazo que comenzó el día 9 de diciembre de 2024 y finalizó el día 22 de enero de 2025, no ha sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49.c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada modificación de la ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tabón de anuncios de la Mancomunidad, cuyo contenido literal es el siguiente:

Guadarrama, a 6 de febrero de 2025..El presidente de la Mancomunidad, Antonio Coello Gómez-Rey.
(03/1.984/25)</texto>
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