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    <titulo>– San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
68San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
Habiéndose aprobado el expediente de modificación de las dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar los cargos de Alcaldía y concejales, en régimen de dedicación exclusiva y parcial, con las retribuciones fijadas en el acuerdo del Pleno de 5 de febrero de 2025, se publica el mismo para su general conocimiento, dada su trascendencia:
.	Dos exclusividades (Concejalía):
	D. José Luis Rodríguez Lázaro, que percibirá una retribución anual bruta de 38.000,00 euros.
	D.a Blanca Martínez Muela, que percibirá una retribución anual bruta de 30.000,00 euros.
.	Dos parcialidades del 70% (Concejalía):
	D.a Mariela Gómez Fernández, que percibirá una retribución anual bruta de 25.000,00 euros.
	D. David Ocaña Sierra, que percibirá una retribución anual bruta de 26.000,00 euros.
.	Dos parcialidades del 60% (Concejalías):
	D.a Tamara González Berrueco, que percibirá una retribución anual bruta de 22.000,00 euros.
	D.a Gloria Lucía Durán Bravo, que percibirá una retribución anual bruta de 22.000,00 euros.
.	Una parcialidad del 75% (Alcaldía):
	D.a Aránzazu Povedano Fraguela, que percibirá una retribución anual bruta de 38.000,00 euros.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
San Martín de Valdeiglesias, a 6 de febrero de 2025..La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.
(03/1.914/25)</texto>
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