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    <titulo>– Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
61Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2025, acordó la aprobación inicial de la modificación del Reglamento por el que se desarrolla el régimen de control interno del Ayuntamiento de Torres de la Alameda.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación del Reglamento estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento ( www.torresdelaalameda.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de modificación del Reglamento, por el que se desarrolla el régimen de control interno del Ayuntamiento de Torres de la Alameda.
Torres de la Alameda, a 31 de enero de 2025..La secretaria accidental, Asunción Saz Vaquero.
(03/1.614/25)</texto>
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