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    <titulo>– Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Rincón Joven</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
60Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Rincón Joven
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2025, acordó la aprobación inicial del Reglamento Municipal de Uso y Funcionamiento del Rincón Joven de Torres de la Alameda.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto del Reglamento estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento ( www.torresdelaalameda.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación inicial del Reglamento Municipal de Uso y Funcionamiento del Rincón Joven de Torres de la Alameda.
Torres de la Alameda, a 3 de febrero de 2025..La secretaria accidental, María Asunción Saz Vaquero.
(03/1.613/25)</texto>
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